INTERÉS GENERAL
17 de Noviembre de 2024
Concepción del Uruguay. Ediles reclaman devolución de un adicional en impuestos

Concejales de Juntos por Uruguay plantearon el la última sesión del cuerpo la devolución de un importe que se la provincia cobraría sin sustento legal

La situación ya había sido advertida por el dirigente massista de Gualeguaychú Guillermo Michel, quien explicó en redes sociales que se estaba cobrando en Entre Ríos un adicional sobre los impuestos Inmobiliario y  Automotor aplicado en virtud de una modificación del Código Fiscal de 2013 que se prorrogó hasta fines del año pasado, pero continúa figurando en las boletas.

Ahora el bloque de concejales de Juntos por Uruguay presentó el proyecto de comunicación en el cual solicitan al gobierno provincial “la necesidad de que instrumente el mecanismo respectivo para devolverle a cada vecino de nuestra ciudad el adicional cobrado sin sustento legal desde el 31 de diciembre del 2023 a la fecha”. 

En los considerandos de la iniciativa a la que accedió ANÁLISIS los ediles reseñaron que mediante la Ley Provincial N° 10.270 de diciembre de 2013 se modificó el Código Fiscal de Entre Ríos estableciendo un adicional de un 20 a un 30 por ciento sobre los impuestos Inmobiliario y Automotor.

En las boletas esto se identifica en un ítem denominado “Fondo de Seguridad Social Ley 10.270/Ley 10.403”, precisaron.

Más adelante, advirtieron que en esa ley 102.70 se dio vigencia a ese adicional hasta el 31 de diciembre de 2015 y luego se fue prorrogando en las sucesivas leyes de Presupuesto, menos en la de 2024.

“Así las cosas, el Poder Ejecutivo provincial carece de ley a tal efecto para cobrar el adicional que se prorrogó hasta diciembre de 2023, no habiendo normativa formal y material que le de sustento legal al cobro, estando aún vigente el mismo, siendo cobrado hasta la actualidad este fondo adicional”, se indicó en el texto.

“De aprobarse algún proyecto de ley (que no ha sido presentado a la fecha), avalando este cobro, se violaría el principio de irretroactividad de la ley, el que establece que las leyes se aplican al futuro y no al pasado. Principio relacionado con la seguridad jurídica que busca proteger a las personas de posibles abusos y arbitrariedades por parte del Estado en este caso”, añadieron los ediles.

“Es sabido por todos que sin ley que lo autorice no se puede cobrar a los ciudadanos un impuesto, razón por la cual, si el gobierno omitió prorrogar la vigencia oportunamente, a los fines de evitar demandas masivas, deberá instrumentar el mecanismo respectivo para devolverle a cada vecino este adicional cobrado sin sustento legal”, concluyeron.

 

Fuente Analisis//

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